Norma Mexicana para la igualdad y la No discriminación

Publicado por Comunicación Coparmex Metropolitano | 08 Enero, 2016 |
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Norma Mexicana para la igualdad y la No discriminación

En México, los derechos laborales, el derecho a la no discriminación y la igualdad entre hombres y mujeres, se establecen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres y la Ley Federal para Prevenir la Discriminación.

La reforma a la Ley Federal del Trabajo del 30 de noviembre del 2012, estableció las pautas para impulsar la inclusión y la igualdad sustantiva en México, sin embargo, los esfuerzos hasta ahora realizados, a decir del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), no han sido suficientes, pues siguen existiendo altos índices de discriminación. Ejemplo de ello, es la discriminación salarial, a partir de la cual los hombres en nuestro país, ganan un 30.5% más que las mujeres en ocupaciones industriales, así como el acoso, inseguridad, discriminación, abuso y violencia, que el 20% de las mujeres trabajadoras, ubican como el segundo motivo en la lista de problemas que afrontan.

Por ello, es que en un esfuerzo articulado entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Instituto Nacional de las Mujeres, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y la Secretaria de Economía, el día de ayer en los Pinos, el Presidente de la República presentó la NMX-R-025-SCFI.2015 para la Igualdad y No Discriminación.

¿Objeto de la NMX-R-025-SCFI.2015 para la Igualdad y No Discriminación?

Establecer los requisitos para que los centros de trabajo públicos, sociales y privados, integren, implementen y ejecuten dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación.

¿Propósito fundamental de la inclusión laboral?

Acceso a un empleo digno, productivo y bien remunerado, a favor de las personas en edad de trabajar sin importar origen étnico, edad, nacionalidad, sexo o discapacidad.

Certificado en Igualdad Laboral y No Discriminación.

El principal objetivo de esta norma, es conseguir que el mayor número de centros de trabajo obtengan el certificado en Igualdad Laboral y No Discriminación, con lo que obtienen los siguientes beneficios:

  1. Ratificar el compromiso del centro de trabajo con la sociedad al respetar los derechos laborales de su personal y promover buenas practicas con pro- veedores, actores clave y personas beneficiarias.
  2. Obtener mayor impacto en la cadena de valor del centro de trabajo.
  3. Obtener puntos en el caso de licitación publica para la adquisición de bienes, arrendamientos o servicios que utilicen la evaluación de puntos y porcentajes, en los términos del articulo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, vigente.
  4. Fortalecer la pertenencia, lealtad y compromiso con el centro de trabajo por parte del personal.
  5. Consolidar la cultura directiva y laboral en la que se respeta la diversidad y se proporciona igualdad de trato, de oportunidades, de remuneración y de beneficios.
  6. Reafirmar su compromiso con el personal al contar con practicas laborales que facilitan la corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal que fortalecen el desempeño y la lealtad.
  7. Aportar mayor confianza e interés en el centro de trabajo para atraer talentos.

A efecto de conocer, a quien le interese a detalle, la NMX-R-025-SCFI.2015 para la Igualdad y No Discriminación, los requisitos y trámites para certificar un centro de trabajo, los invitamos a visitar el siguiente sitio: http://www.economia-nmx.gob.mx/normas/nmx/2010/nmx-r-025-scfi-2015.pdf

Esperamos esta información sea de utilidad. Cualquier duda o inquietud, no dude en contactarnos.

Lic. Miguel A. Andrade García Alonso

Presidente de la Comisión Jurídico Laboral

E-mail: mandrade@andradeabogados.net

Tel. 7030-3529 y 7030-35-30

Celular (044-55) 3018-4948 y (044-55) 2737-6551

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