En México, los derechos laborales, el derecho a la no discriminación y la igualdad entre hombres y mujeres, se establecen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres y la Ley Federal para Prevenir la Discriminación.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo del 30 de noviembre del 2012, estableció las pautas para impulsar la inclusión y la igualdad sustantiva en México, sin embargo, los esfuerzos hasta ahora realizados, a decir del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), no han sido suficientes, pues siguen existiendo altos índices de discriminación. Ejemplo de ello, es la discriminación salarial, a partir de la cual los hombres en nuestro país, ganan un 30.5% más que las mujeres en ocupaciones industriales, así como el acoso, inseguridad, discriminación, abuso y violencia, que el 20% de las mujeres trabajadoras, ubican como el segundo motivo en la lista de problemas que afrontan.
Por ello, es que en un esfuerzo articulado entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Instituto Nacional de las Mujeres, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y la Secretaria de Economía, el día de ayer en los Pinos, el Presidente de la República presentó la NMX-R-025-SCFI.2015 para la Igualdad y No Discriminación.
¿Objeto de la NMX-R-025-SCFI.2015 para la Igualdad y No Discriminación?
Establecer los requisitos para que los centros de trabajo públicos, sociales y privados, integren, implementen y ejecuten dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación.
¿Propósito fundamental de la inclusión laboral?
Acceso a un empleo digno, productivo y bien remunerado, a favor de las personas en edad de trabajar sin importar origen étnico, edad, nacionalidad, sexo o discapacidad.
Certificado en Igualdad Laboral y No Discriminación.
El principal objetivo de esta norma, es conseguir que el mayor número de centros de trabajo obtengan el certificado en Igualdad Laboral y No Discriminación, con lo que obtienen los siguientes beneficios:
A efecto de conocer, a quien le interese a detalle, la NMX-R-025-SCFI.2015 para la Igualdad y No Discriminación, los requisitos y trámites para certificar un centro de trabajo, los invitamos a visitar el siguiente sitio: http://www.economia-nmx.gob.mx/normas/nmx/2010/nmx-r-025-scfi-2015.pdf
Esperamos esta información sea de utilidad. Cualquier duda o inquietud, no dude en contactarnos.
Lic. Miguel A. Andrade García Alonso
Presidente de la Comisión Jurídico Laboral
E-mail: mandrade@andradeabogados.net
Tel. 7030-3529 y 7030-35-30
Celular (044-55) 3018-4948 y (044-55) 2737-6551
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